¿Es legal poner cámaras de seguridad en una comunidad de vecinos?
Cada vez más comunidades se plantean instalar cámaras en portales, escaleras o parkings. Pero la gran duda siempre es la misma: ¿se puede hacer legalmente sin problemas?
Sí, es legal… pero con condiciones
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acuerdo de comunidad
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zonas comunes
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finalidad: seguridad
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no grabar viviendas/puertas privadas
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cartel obligatorio
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responsable del tratamiento
El error más común
Orientar mal una cámara y captar parte innecesaria de vía pública.
Qué recomendamos antes de instalar
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estudio de puntos críticos
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evitar puntos ciegos
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definir acceso a grabaciones
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mantenimiento
La normativa básica
La normativa básica en materia de protección de datos en España se compone de la
Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía
de los derechos digitales (LOPD) y el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD).
Estas normativas establecen un marco legal para la protección de los datos personales
en el ámbito de la Unión Europea y el Espacio Económico Europeo. El RGPD,
que es de aplicación directa en toda la UE, regula el tratamiento de datos personales y
establece principios y derechos fundamentales para los ciudadanos. La LOPDGDD, que
es la ley nacional desarrollada para sustituir a la antigua LOPD, se cumple junto al RGPD
en España. Ambas normativas buscan mejorar el nivel de protección y control de los
datos personales de las personas físicas, cuando estos datos son sometidos a tratamientos
por parte de empresas y otras entidades.
También puede consultar la normativa en los siguientes enlaces:
Si quieres, te hacemos un estudio de instalación y te indicamos la mejor ubicación cumpliendo normativa.






