¿Es legal poner cámaras de seguridad en una comunidad de vecinos?

Cada vez más comunidades se plantean instalar cámaras en portales, escaleras o parkings. Pero la gran duda siempre es la misma: ¿se puede hacer legalmente sin problemas?

Sí, es legal… pero con condiciones

  • acuerdo de comunidad

  • zonas comunes

  • finalidad: seguridad

  • no grabar viviendas/puertas privadas

  • cartel obligatorio

  • responsable del tratamiento

 

El error más común

Orientar mal una cámara y captar parte innecesaria de vía pública.

 

Qué recomendamos antes de instalar

  • estudio de puntos críticos

  • evitar puntos ciegos

  • definir acceso a grabaciones

  • mantenimiento

 

La normativa básica

La normativa básica en materia de protección de datos en España se compone de la 

Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía 

de los derechos digitales (LOPD) y el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD). 

Estas normativas establecen un marco legal para la protección de los datos personales 

en el ámbito de la Unión Europea y el Espacio Económico Europeo. El RGPD, 

que es de aplicación directa en toda la UE, regula el tratamiento de datos personales y 

establece principios y derechos fundamentales para los ciudadanos. La LOPDGDD, que 

es la ley nacional desarrollada para sustituir a la antigua LOPD, se cumple junto al RGPD

 en España. Ambas normativas buscan mejorar el nivel de protección y control de los 

datos personales de las personas físicas, cuando estos datos son sometidos a tratamientos 

por parte de empresas y otras entidades.

 

También puede consultar la normativa en los siguientes enlaces:

www.boe.es

www.aepd.es

Si quieres, te hacemos un estudio de instalación y te indicamos la mejor ubicación cumpliendo normativa.

 

Published On: 17/01/2026Categories: Sin categorizar
Índice de contenidos